PEGATINA DE LA ITV: ¿ES OBLIGATORIA LLEVARLA VISIBLE?
Según....Reglamento de Tráfico
---REAL DECRETO 711/2006, de 9 de junio, por el que se modifican determinados reales decretos relativos a la inspección técnica de vehículos (ITV) y a la homologación de vehículos, sus partes y piezas, y se modifica, asimismo, el Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.
Modificación artículo 14....
«Artículo 14.
1. Todos los vehículos que hayan superado favorablemente la inspección técnica deberán llevar el distintivo indicado en el Real Decreto 1987/1985, de 24 de septiembre.
2. Todos los vehículos que hayan pasado una inspección técnica deberán llevar el último informe de inspección, al que se refiere el artículo 13, que el conductor deberá exhibir ante los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico que se lo soliciten.
Y en el Real Decreto 1987/1985, de 24 de septiembre, en el artículo 11 indica...
Reglamento de Tráfico--Artículo 11.
1. Los vehículos que hayan superado favorablemente la inspección técnica periódica ostentarán en sitio bien visible un distintivo, en el que se señale la fecha en que deben pasar la próxima inspección, cuyo diseño y formato aparece en el anexo II de este Real Decreto.
Fuente:
http://www.dgt.es/was6/portal/conten...rmativa036.pdf2. La colocación del distintivo de inspección es obligatoria para todos aquellos vehículos que están sometidos al régimen de inspección técnica periódica.
Enlace a ese decreto...
Real Decreto 1987/1985, de 24 de septiembre, sobre normas generales de instalación y funcionamiento de las estaciones ITV. (Vigente hasta el 21 de marzo de 2008)
Pero donde queda más claro es aquí....
Pag. 11....Cito:
1. ITV favorable
En el caso de que la ITV sea favorable, la Estación anotará el resultado en la
tarjeta ITV precisando la fecha de la inspección y la fecha límite de vigencia.
El titular del vehículo debe colocar la señal V-19 en el ángulo superior
derecho del parabrisas por su cara interior; esta señal es el adhesivo que entrega la Estación al superar la inspección.
Asimismo, el titular debe llevar en el interior del vehículo la copia azul del informe que expide la Estación; esta copia debe ser exhibida a todos los agentes de tráfico que lo requieran.Puede que me haya comido algo, porque estas documentaciones son bastante duras de leer, pero por si acaso, recomiendo cuidadín. Aunque solo sea porque nos puede parar cada agente que nos vea para requerirnos la tarjeta de la ITV.
Fuente:
http://www.dgt.es/was6/portal/conten...s/TEMA_046.pdf